Compartir datos con terceros
REGLA GENERAL: no se pueden compartir datos con terceros.
La cesión de datos a terceros (o la difusión pública sin permiso), son algunos de los incumplimientos más graves de la Ley. Por lo tanto, hay que ser muy cuidadoso con suministrar datos personales a terceros si antes no han sido autorizados.
Ejemplos de errores habituales que hay que evitar: publicación de listados de donantes, envíos de correos electrónicos masivos con copia vista.
En los formularios de recogida de datos, decimos que los datos podrán ser cedidos a otras entidades de la Iglesia Católica, pero solamente podrán cederse si dicho formulario ha sido firmado y lo tenemos archivado.
Cuando contratamos a alguna empresa para realizar alguna actividad, por ejemplo una empresa de mensajería o gestoría, le tenemos que dar los datos del interesado, únicamente los necesarios, pero en esos casos no se considera cesión porque es un "encargado de tratamiento". Solamente nos tenemos que encargar de que cumpla a su vez las exigencias legales de privacidad y tener firmado el correspondiente contrato como proveedor encargado de tratamiento.
Se recomienda llevar un listado actualizado de los proveedores con acceso a datos.