Imágenes
Ideas generales
Se requiere permiso: si se reconoce a la persona/s fotografiada.En ese caso, se requiere su consentimiento expreso e inequívoco para subir, exhibir o compartir su fotografías. En caso de menores de edad, siempre se requerirá el consentimiento de los padres.
No se requiere el permiso si en las fotografías no se reconoce a las personas. Tampoco se requiere permiso cuando la imagen de las personas es accesoria respecto del hecho relevante del que se pretende informar con la fotografía (cualquier suceso o acontecimiento público, celebraciones públicas, etc).
Asimismo, no se considera intromisión ilegítima la toma de imágenes y su uso posterior de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.