Imágenes

Ideas generales

Se requiere permiso: si se reconoce a la persona/s fotografiada.En ese caso, se requiere su consentimiento expreso e inequívoco para subir, exhibir o compartir su fotografías. En caso de menores de edad, siempre se requerirá el consentimiento de los padres.

No se requiere el permiso si en las fotografías no se reconoce a las personas. Tampoco se requiere permiso cuando la imagen de las personas es accesoria respecto del hecho relevante del que se pretende informar con la fotografía (cualquier suceso o acontecimiento público, celebraciones públicas, etc).

Asimismo, no se considera intromisión ilegítima la toma de imágenes y su uso posterior de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.

Formularios para imágenes (Pinchar en el texto) 

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